Sucesiones

Infórmese sobre las sucesiones, cómo tramitar una sucesión y el proceso administrativo.

Información general

Mi familiar (o amigo) ha fallecido recientemente. ¿Qué pasa con los bienes y deudas de mi ser querido?

Cuando alguien fallece, algunos o todos los bienes de la persona fallecida pueden transferirse directamente a otras personas debido a acuerdos legales realizados por la persona antes de fallecer. Sin embargo, en muchas situaciones, el tribunal tiene que nombrar a un representante de la persona fallecida para recopilar los bienes de dicha persona, pagar las deudas válidas y distribuir los bienes del difunto a las personas adecuadas.

¿Qué es un “difunto” y un “patrimonio”?

Un “difunto” es una persona que ha fallecido. Un “patrimonio” es todo el dinero y otros bienes que posee una persona en el momento de su fallecimiento. Los patrimonios pueden ser pequeños o grandes y pueden incluir o no tierras.

¿Qué es un “testamento” o una “última voluntad”?

Un “testamento” (también conocido como “última voluntad y testamento”) es un instrumento creado en vida de una persona que determina quién hereda los bienes de esa persona tras su fallecimiento. Los testamentos suelen ser documentos mecanografiados creados por abogados, pero en algunas circunstancias, los testamentos pueden ser válidos si se escriben a mano (y en raras ocasiones pueden hacerse mediante instrucciones verbales). Algunos testamentos no son válidos porque carecen de los requisitos legales de un testamento válido. Un testamento no tiene efectos legales hasta que sea legitimado por un tribunal (normalmente por el secretario del tribunal superior).

¿Qué es la “legitimación de un testamento”?

El término “legitimar” (probate en inglés) tiene dos significados principales. Legitimar es otra palabra que se usa para la administración de bienes, que a veces se llama “proceso de sucesión”. La legitimación del testamento También se refiere al proceso por el cual un tribunal determina que un “supuesto” testamento es en realidad la última voluntad y testamento del difunto y es legalmente válido para transmitir el título de propiedad.

¿Qué es la “administración del patrimonio”?

La administración del patrimonio es un proceso para gestionar los bienes y deudas de una persona tras su fallecimiento. Algunos patrimonios se administran mediante una “administración completa”. Muchos patrimonios pequeños pueden administrarse mediante procesos más sencillos. A menos que el difunto haya establecido alternativas completas a la administración del patrimonio supervisada por el tribunal antes de su muerte, la administración del patrimonio se gestiona a través de los tribunales, principalmente en la oficina del secretario del tribunal superior correspondiente. En una administración completa, el secretario del tribunal superior otorga autoridad a un representante personal del difunto que realiza un inventario de los bienes del difunto, notifica públicamente a los acreedores del difunto, paga las deudas válidas del difunto y distribuye los bienes restantes del difunto a la(s) persona(s) nombrada(s) como beneficiaria(s) en el testamento del difunto, si lo hubiera, o a la(s) persona(s) a la(s) que la ley otorgue derecho si no hubiera testamento.

¿Qué tipos de bienes pasan por el proceso de administración del patrimonio?

Los bienes, incluidos vehículos, cuentas bancarias, acciones y bonos, muebles y joyas, suelen gestionarse, aunque no siempre, a través del proceso de administración del patrimonio. Los bienes que se gestionan a través del proceso de administración del patrimonio se denominan “bienes testamentarios”. Los “bienes no testamentarios” que pueden pasar fuera del proceso, pueden incluir:

  • Los bienes que se poseen con “derecho de supervivencia”, lo que significa que pasan a ser propiedad del último propietario vivo, o los bienes que tienen un beneficiario designado que está vivo. Estos bienes pueden ser pólizas de seguro de vida, cuentas de jubilación, cuentas bancarias conjuntas y anualidades.
  • Por lo general, no se administran los terrenos y las casas a través de la administración del patrimonio, a menos que el testamento disponga lo contrario o que la venta de estos bienes sea necesaria para pagar las deudas del patrimonio.

¿Qué es la sucesión intestada?

La ley de sucesión intestada establece las normas para distribuir los bienes de las personas que fallecen sin dejar testamento válido. La mayoría de las personas que redactan un testamento dejan sus bienes a sus familiares directos, por lo que la ley de sucesión intestada suele distribuir los bienes de la misma manera. Cuando una persona fallece sin dejar testamento, los bienes pueden dividirse entre el cónyuge supérstite y los hijos (o el cónyuge y los padres si no hay hijos) en función del valor y el tipo de bienes. Si la persona tiene hijos, nietos, bisnietos, etc., pero no cónyuge, los bienes se dividen entre los hijos o descendientes de los hijos fallecidos. Si el difunto no tiene ninguno de estos parientes, los bienes suelen repartirse entre los familiares en el siguiente orden de prioridad: 1) padres; 2) hermanos e hijos, nietos, etc., de los hermanos fallecidos; 3) abuelos; 4) tíos y, si han fallecido, sus descendientes.

¿Qué es un “fideicomiso”?

Un fideicomiso es una relación jurídica por la que una persona o entidad ostenta la titularidad de bienes en beneficio de otra persona o entidad. En la mayoría de estas relaciones fiduciarias, los términos del fideicomiso se establecen en un documento escrito denominado instrumento fiduciario. Los fideicomisos se crean con muchos fines. Excepto los fideicomisos testamentarios, la mayoría de los instrumentos fiduciarios no se presentan ante un tribunal. Los fideicomisos testamentarios son los que se incluyen en los testamentos. Los fideicomisos testamentarios suelen establecer la gestión de la herencia de un hijo hasta que éste alcance una determinada edad y, a veces, también mantienen a los niños o adultos discapacitados que pueden perder las prestaciones públicas basadas en sus necesidades si poseen bienes por encima de determinadas cantidades.

¿Qué son los “albaceas”, “administradores”, “representantes personales” y “fideicomisarios”?

Albaceas, administradores, representantes personales y fideicomisarios son todos títulos de “fiduciarios”. Un fiduciario es alguien en posición de confianza y autoridad para administrar bienes en beneficio de otro. Los “albaceas” son los fiduciarios nombrados en virtud de un testamento y autorizados por el tribunal. Los “administradores” son los fiduciarios nombrados por el tribunal cuando una persona fallece sin testamento. El término “representante personal” se usa para referirse tanto a los albaceas como a los administradores. Los “fideicomisarios” son los fiduciarios nombrados en virtud de un fideicomiso.

¿Qué son los “herederos”, “legatarios” y “beneficiarios”?

Estos son los términos legales para las personas que reciben bienes del patrimonio de un difunto o a través de un fideicomiso o por medio de un contrato que distribuye los bienes de un difunto a su muerte. Técnicamente, los términos tienen distintos significados según el origen de los bienes: los “legatarios” son las personas que reciben bienes a través de un testamento; los “herederos” son las personas que reciben bienes cuando no hay testamento; y los “beneficiarios" son las personas que reciben bienes a través de un fideicomiso o una cuenta o póliza en la que se puede nombrar específicamente a un beneficiario.

¿Exige la ley una reunión para la lectura del testamento?

No. La ley de Carolina del Norte no exige una lectura formal del testamento.

¿Cómo puedo obtener una copia de un testamento tras el fallecimiento de un ser querido?

Tras el fallecimiento de una persona, el testamento puede presentarse ante un secretario judicial. El testamento de un difunto se convierte en un documento público cuando se presenta, después de la muerte del difunto, ante el secretario del tribunal. Cualquier persona puede ver un documento público o solicitar una copia de un documento público si paga una cuota.

¿Quién toma las decisiones judiciales sobre la administración del patrimonio?

El secretario del tribunal superior elegido en cada condado actúa como juez testamentario en Carolina del Norte. Los secretarios elegidos y sus secretarios asistentes celebran la mayoría de las audiencias de sucesiones y presiden la mayoría de los casos de sucesiones. Si la validez de un testamento es cuestionada en un proceso de impugnación, dicho proceso será escuchado por un juez del tribunal superior.

Presentación

¿Cómo se inicia el proceso de administración patrimonial?

Las personas que desean contratar a un abogado para que les ayude con la administración del patrimonio suelen hacerlo en este momento. Ya sea que usted se esté preparando para reunirse con su abogado o para administrar el patrimonio por su cuenta, tendrá que reunir algunos documentos y dar determinados pasos.

  • Busque el testamento. Los testamentos suelen guardarse en lugares seguros, como cajas fuertes o cajones de escritorio cerrados con llave. A veces los guarda el abogado del difunto. Antes de fallecer, un difunto también puede haber depositado un testamento para su “resguardo” al cuidado de un secretario judicial. Si no encuentra el testamento, póngase en contacto con el secretario del tribunal del condado donde vivía el difunto.
  • Acta de defunción. Se necesita la prueba formal del fallecimiento en varias fases del proceso sucesorio, y la prueba estándar es un acta de defunción.
  • Localización e identificación de bienes. En la medida de lo posible, la persona que desee administrar el patrimonio de un difunto debe tomar medidas para localizar e identificar los bienes del difunto. Tenga en cuenta, sin embargo, que a menudo se requiere una carta de autorización de un secretario del tribunal para tener acceso a la información relativa a los activos de un difunto.
  • Póngase en contacto con el secretario del tribunal. Cuando esté listo para administrar el patrimonio de un difunto, póngase en contacto con el secretario del tribunal del condado de Carolina del Norte correspondiente.

¿Dónde debe administrarse el patrimonio?

El patrimonio de un residente de Carolina del Norte puede administrarse en el condado en el que estuviera domiciliado en el momento del fallecimiento. Si un difunto no estaba domiciliado en Carolina del Norte en el momento de su fallecimiento, el patrimonio podrá administrarse en cualquier condado de Carolina del Norte en el que el difunto haya dejado bienes o activos o en el que puedan haber entrado bienes o activos pertenecientes al patrimonio. Si un motorista no residente falleció en un condado de Carolina del Norte, el patrimonio podrá administrarse en cualquier condado de Carolina del Norte.

¿Qué son las “cartas testamentarias” o “cartas de administración”?

Las cartas testamentarias y las cartas de administración son documentos legales expedidos por el secretario del tribunal que otorgan a una persona autoridad para actuar como representante personal del patrimonio. Estas “cartas” suelen ser solicitadas por instituciones como bancos o compañías de seguros durante la administración del patrimonio. En general, existen dos tipos básicos de cartas, en función de si la sucesión es testada (con testamento) o intestada (sin testamento). Las testamentarias se denominan “cartas testamentarias” y se otorgan a un albacea. Las cartas intestadas se denominan “cartas de administración” y se conceden a un administrador.

¿Cómo puedo iniciar el proceso de administración del patrimonio y solicitar cartas?

Para iniciar formalmente el proceso de administración del patrimonio, deberá acudir al secretario del tribunal del condado correspondiente. Algunos tribunales permiten la entrada sin cita previa, mientras que otros exigen una cita previa. Deberá llevar: (1) el testamento si lo hubiera, (2) un acta de defunción, (3) una solicitud y un inventario preliminar de los bienes del difunto; y (4) una cuota de presentación de $120. Los formularios necesarios pueden obtenerse en la oficina del secretario del tribunal o en este sitio web. Para llenar el inventario preliminar y la solicitud de cartas deberá tener un conocimiento general de los bienes del difunto y la capacidad de identificar a los herederos o legatarios del difunto.

¿A quién se le pueden conceder cartas testamentarias o cartas de administración?

Algunas personas no están cualificadas por ley para actuar como representante personal del patrimonio de un difunto. Además, la ley otorga a algunas personas derechos prioritarios para actuar como representante personal. Si existe un testamento válido, el albacea nombrado en el testamento tiene la máxima prioridad para recibir cartas. Si el albacea no cumple los requisitos, la siguiente prioridad la tiene un albacea sustituto o sucesor nombrado en el testamento. Si en el testamento no se nombra a un albacea sustituto o sucesor, o si el difunto no dejó testamento válido, las personas a las que se pueden conceder cartas son, en el siguiente orden de prioridad: (1) el cónyuge supérstite, (2) cualquier persona que reciba bienes en virtud del testamento, (3) cualquier persona que recibiría bienes si no hubiera testamento, (4) cualquier pariente cercano, (5) los acreedores del difunto, (6) cualquier persona de buena reputación que viva en el condado.

¿Qué es una fianza de representante personal y a cuánto asciende?

Los albaceas de fuera del estado generalmente deben pagar una fianza al tribunal para proteger a los acreedores y herederos de posibles pérdidas. Los administradores deben pagar una fianza salvo excepciones.

Proceso administrativo

Me han expedido las cartas y he abierto la sucesión. ¿Y ahora qué?

Aquí encontrará un resumen de los procedimientos para albaceas, administradores, recopiladores por declaración jurada y personas que recurren a la administración rápida.

Si se descubren bienes desaparecidos una vez cerrada la sucesión, ¿se puede hacer algo?

Sí. Una sucesión puede reabrirse en determinadas circunstancias, incluida la existencia de bienes recién descubiertos.

Patrimonios pequeños o sencillos

¿Deben todos los patrimonios someterse a un proceso completo de administración?

No. Los patrimonios más pequeños pueden administrarse mediante el uso de una Declaración jurada para la recopilación de bienes personales del fallecido. El proceso de recopilación por declaración jurada se resume aquí. También existe un proceso simplificado para sucesiones en las que el cónyuge recibe todos los bienes, o cuando el patrimonio solo incluye el dinero suficiente para cubrir los gastos de funeral y entierro. Puede haber otras opciones disponibles para patrimonios pequeños dependiendo de las circunstancias de cada sucesión.

¿Qué ocurre si soy el cónyuge supérstite y único heredero o legatario?

Puede recurrir al proceso de recopilación mediante declaración jurada. También puede recurrir a la administración rápida, que es un procedimiento que agiliza el proceso de administración del patrimonio cuando el cónyuge supérstite es el único heredero o legatario. Esta opción está disponible tanto si el difunto tenía testamento como si no. Puede encontrar el formulario necesario para la administración rápida de patrimonios con testamento aquí y de patrimonios sin testamento aquí.